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Dar de alta a una empleada del hogar

Todas aquellas personas que cuentan con estas trabajadoras deberían formalizar la relación laboral


María Alba

Reportaje avalado por la Organización de Consumidores y Usuarios. Más información en www.ocu.org

Algunas personas no quieren dar de alta a sus empleados por ahorrarse dinero o trámites, o incluso porque éste les pide trabajar en negro por alguna razón particular. Mala idea. La relación entre ellos puede estropearse y el empleado podría denunciar a su patrón para, por ejemplo, obtener una indemnización que considera su derecho.

Multas y otras consecuencias

Si demuestra que trabajaba sin haber sido dado de alta o este incumplimiento se descubre por un acontecimiento más grave, como un accidente laboral, pueden pasar cosas negativas:

El empleador podría ser sancionado con una multa de entre 626 y 6.250 euros.

La Administración podría dar de alta al trabajador desde la fecha en la que estime que se inició la relación laboral y exigir las cotizaciones no pagadas, con recargo.

Además, si no se ha firmado un contrato escrito (y eso incluso habiendo dado al trabajador de alta), se entenderá que era a tiempo completo e indefinido.

Si el empleado sufre lesiones, el empleador puede verse obligado a pagarle una cuantiosa indemnización.

En definitiva, cualquiera que tenga una persona trabajando en su hogar debe formalizar esa relación laboral, aunque el trabajo dure poco y tenga lugar esporádicamente. Hay que firmar un contrato con el empleado–obligatorio si el trabajo va a durar más de 4 semanas–, darle de alta en la Seguridad Social y empezar a pagar a este organismo unas cotizaciones acordes al salario convenido, gracias a las cuales se irán generando ciertos derechos para el empleado (por ejemplo, el de recibir una pensión de jubilación en el futuro).

Aunque el titular del hogar es el responsable de ello, si el empleado trabaja menos de 60 horas mensuales, se puede pactar con esa persona que se ocupe por sí misma de gestionar el alta.