Protocolo por presunto maltrato infantil: ¿cuándo tienen que activarlo los hospitales?
Sanidad establece un procedimiento obligatorio para la detección y actuación ante casos de violencia contra menores

La protección de la infancia es una prioridad en el sistema sanitario español. Para garantizar la detección y actuación ante posibles casos de violencia, el Ministerio de Sanidad ha desarrollado el “Protocolo común para la actuación sanitaria ante la violencia en la infancia y la adolescencia”, un documento que establece criterios claros para que los profesionales sanitarios identifiquen y denuncien situaciones de maltrato infantil.
Pero, ¿cuándo exactamente deben los hospitales y centros de salud activar este protocolo? Según el documento, el procedimiento se pone en marcha cuando se detectan signos físicos, psicológicos o conductuales que indiquen que un menor podría estar siendo víctima de violencia. Estos signos pueden manifestarse en diferentes formas y deben ser evaluados con atención para evitar errores en el diagnóstico.
Indicadores de alerta: ¿qué señales activan el protocolo?

El protocolo detalla una serie de indicadores físicos, emocionales y conductuales que deben hacer saltar las alarmas en los sanitarios. Entre ellos se encuentran:
• Lesiones físicas sospechosas: Fracturas, hematomas, quemaduras, heridas o marcas en distintas fases de cicatrización, sobre todo si la explicación no concuerda con la lesión.
• Síntomas de negligencia: Desnutrición, falta de higiene, vestimenta inadecuada o falta de atención médica ante enfermedades.
• Alteraciones emocionales y de conducta: Miedo excesivo, retraimiento, ansiedad, depresión, agresividad o comportamiento hipervigilante.
• Indicadores específicos de abuso sexual: Enfermedades de transmisión sexual, infecciones genitales, dolor al caminar o sentarse y expresiones sexuales inadecuadas para la edad.
El Síndrome del Bebé Zarandeado: uno de los actos de maltrato infantil más frecuente

Uno de los actos de maltrato infantil más frecuente y peligroso es el Síndrome del Bebé Zarandeado (SBZ). Este se produce cuando un bebé es sacudido violentamente, provocando lesiones cerebrales graves debido a la fragilidad de su cráneo y sistema nervioso.
Los síntomas incluyen hematomas en la cabeza, hemorragias oculares, convulsiones, irritabilidad extrema e incluso pérdida de conciencia. Ante cualquier sospecha de este tipo de violencia, el protocolo obliga a activar una intervención inmediata para proteger al menor.
¿Cómo actúan los sanitarios ante una sospecha de maltrato infantil?

Cuando un profesional de la salud detecta signos compatibles con maltrato, debe seguir estos pasos:
1- Valoración médica detallada: Se realiza un examen clínico, recopilando datos sobre la lesión o síntoma y analizando la coherencia con la versión de los hechos proporcionada por el menor o su familia.
2- Documentación en la historia médica: Se registran con precisión los hallazgos, incluyendo fotografías de las lesiones si es necesario, siempre cumpliendo con la normativa de protección de datos.
3- Notificación a los servicios de protección infantil: Si la sospecha es fundada, se debe informar a los Servicios de Protección de la Infancia para que valoren la situación y actúen en consecuencia.
4- Intervención inmediata en casos graves: Si la vida o la integridad del menor están en peligro, se debe activar una comunicación urgente con las fuerzas de seguridad y el juzgado de guardia, quienes determinarán las medidas a seguir.
Una vez que se detectan signos de posible maltrato, el protocolo establece que los sanitarios deben activar los mecanismos de protección infantil, lo que puede llevar a una investigación por parte de Servicios Sociales, Fiscalía o autoridades judiciales.
¿Cuándo se llama a los padres a declarar?

Cuando se detectan signos de maltrato infantil, las autoridades pueden citar a los padres a declarar como parte de la investigación, por estos motivos:
• Cuando la investigación lo requiere: Si se confirma la sospecha de maltrato, las autoridades (policía, Fiscalía de Menores o el juzgado) pueden citar a los progenitores o tutores para que expliquen la situación.
• Para recabar su versión: En muchos casos, se busca conocer la perspectiva de los padres o cuidadores, evaluar su actitud y obtener información sobre el entorno del menor.
• Si hay indicios de delito: Si la valoración médica y social señala que el menor ha sufrido daño intencionado o negligencia grave, los padres pueden ser llamados como investigados o testigos en un procedimiento judicial.
• Cuando hay medidas de protección en curso: Si se activa una medida de protección (como la retirada temporal de la custodia), los padres pueden ser llamados a declarar en el proceso de toma de decisiones.
¿Es obligatorio, dentro del protocolo, que los padres declaren?

El protocolo sanitario no ordena directamente llamar a declarar a los padres, pero sí indica que los sanitarios deben notificar el caso a las autoridades competentes (Servicios Sociales, Fiscalía, Policía o Juzgado), quienes decidirán si citar a los padres como parte del procedimiento.

Este protocolo garantiza que los hospitales y centros sanitarios actúen con rapidez y eficacia en la protección de los niños y adolescentes en riesgo, reforzando el compromiso de la sanidad con la prevención de la violencia infantil.