Sálvame, condenado a pagar 800.000 euros a Alfonso Merlos, ex de Marta López
La sentencia confirma un delito por "intromisión ilegítima continuada en el derecho al honor" de Alfonso Merlos

La famosa historia de "Merlos Place" se convirtió en uno de los temas más polémicos del mundo del corazón y ahora, tras varios años de procedimiento, este conocido culebrón ha terminado con un desenlace legal que ha dejado a más de uno boquiabierto.

Y es que durante unos veinte capítulos, Sálvame, el programa estrella de Jorge Javier Vázquez, se sumergió en un mar interminable de cotilleos sobre la vida del periodista Alfonso Merlos. Todo comenzó cuando durante una transmisión en directo de su programa online, "Estado de Alarma", apareció paseando en biquini por la pantalla la periodista española Alexia Rivas.

En ese momento saltaron todas las alarmas en relación a una posible infidelidad, ya que el comunicador mantenía una relación sentimental con la colaboradora de Telecinco Marta López. Sin embargo, el asunto no se quedó ahí.
'Sálvame', junto con otros programas como 'Sábado Deluxe' o 'Socialité', llevaron el asunto al extremo, convirtiendo la vida del comunicador en el centro de atención de la prensa rosa de todo el mundo.

Y si hablamos de mundo, porque el tema no solo se quedó en España, sino que esta famosa historia llegó incluso a programas de estilo magacín en Estados Unidos, lo que significa que La Fábrica de la Tele estuvo lucrándose de esta historia durante un largo periodo de tiempo.

Tras toda esta polémica, Alfonso Merlos denunció y ya ha hablado la justicia. La Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado que Sálvame debe desembolsar un total de 800.000 euros como indemnización por lo que según se denomina en el auto una "intromisión ilegítima y continuada en el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar" de Merlos.
La sentencia también arremete contra los calificativos despectivos con los que se refirieron al periodista, señalando que dichos términos rebasaban el límite de la crítica legítima y atentaban contra su dignidad y fama.

Según el fallo, el programa no solo permitió, sino que alentó y propició la difusión de hechos privados de la vida íntima y personal de este personaje, sin que existiera un interés público legítimo.
Esta decisión ratifica un fallo anterior del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Móstoles, que ya había fallado a favor de Merlos en julio de 2022, ordenando a la productora que se abstuviera de seguir difundiendo el contenido que vulnerara el derecho al honor del demandante.